CODIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CIMEEM, A.C.

 

 

 

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

 

 

 

 

 

1.- Todo Ingeniero Mecánico, Electricista o de Ramas Afines del Estado de México considerará un deber practicar su profesión y actuar en su vida diaria de acuerdo con este Código de Ética Profesional.

 

 

2.- Todo Ingeniero, para apoyar y promover el honor y dignidad de la profesión del Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines y en armonía con las normas más elevadas de la ética.

 

 

a).- Deberá interesarse en el bienestar común y aplicar sus conocimientos profesionales para beneficio de la humanidad en general y en particular deberá poner especial interés en el progreso del Estado de México y del País, propugnando por todo aquello que acelere su desarrollo para que pueda bastarse a sí mismo en el mayor grado posible, sea capaz de sustentar con decoro humano a todos sus habitantes y pueda ejercer su plena independencia estatal y nacional.

 

b).- Deberá desarrollar sus deberes con honestidad e imparcialidad y servirá con dedicación a sus superiores, sus empleados, sus clientes y al público en general.

       En todo caso propenderá a la humanización del trabajo y a la creación de mejores instrumentos de vida y tratará  a sus trabajadores con verdadera justicia social.

 

c).- Deberá reconocer que el ejercicio de la profesión es el origen de una disponibilidad económica que debe permitir a la familia, núcleo originario y primario de la sociedad, vivir con decoro, procurando asegurar para los suyos los recursos materiales y los elementos morales que le sean indispensables para su progreso y bienestar.

 

d).- Deberá esforzarse para aumentar la competencia y prestigio de los Ingenieros Mecánicos, Electricistas y de Ramas Afines colaborando con el CIMEEEM en todas sus actividades.

            1.- Vida Profesional

 

1.1.- El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines deberá cooperar a la difusión y exaltación de su profesión por medio del intercambio de información y experiencia con otros ingenieros y estudiantes y por su contribución a los trabajos del CIMEEEM , de otras sociedades de ingenieros, de las instituciones de educación superior y de las publicaciones técnicas.

1.2.- No hará publicidad de su trabajo o méritos autoalabándose y evitará toda conducta o práctica similar que desacrediten o dañen la dignidad y honor de su profesión.

 

          2.- Relaciones con el Público

 

2.1.- Tendrá especial consideración por la seguridad de la vida y salud del público y empleados que puedan ser afectados por el trabajo del que él es responsable.

2.2.- El Ingeniero se esforzará por aumentar el reconocimiento de la sociedad hacia la ingeniería mecánica, eléctrica y de ramas afines dando a conocer públicamente sus logros, oponiéndose a cualquier informe falso, sin fundamento o exagerado relativo a su profesión.

2.3.- Deberá ser mesurado y modesto al hacer explicaciones de su trabajo o al referirse a sus méritos; mantendrá siempre el honor y dignidad de su profesión y se abstendrá de autoalabarse cuando haga anuncio o publicidad de sus actividades profesionales.

2.4.- En asuntos profesionales solamente expresará su opinión cuando esté fundada en un conocimiento adecuado y en una convicción honesta.

2.5.- Siempre que omita opiniones parciales, deberá explicar su posición para hacerlo o informar a quién beneficia su opinión.

 

          3.- Relaciones con sus Superiores y sus Clientes

 

3.1.- El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines actuará en todos los asuntos profesionales con fidelidad hacia sus superiores, sus clientes y sus empleados, guardando estrictamente los asuntos que se le confíen, salvo cuando tenga el conocimiento de ellos o cuando deba dar informes que obligatoriamente establezcan las leyes.

3.2.- Deberá actuar con justicia y lealtad hacia los vendedores y contratistas no debiendo aceptar de ninguno de ellos comisión o compensación alguna, directa o indirectamente.

3.3.- Deberá advertir a sus superiores o a sus clientes las consecuencias adversas o negociación de una maquinaria, invención o contrato tuviera intereses directos que pudieran influir en caso de una decisión.

3.4.- Deberá indicar a sus superiores o a sus clientes las consecuencias adversas que podrían presentarse si su opinión profesional fuere desatendida.

3.5.- Deberá aceptar solamente los trabajos profesionales para los cuales está debidamente calificado. Deberá contratar o aconsejar a sus superiores o clientes para que contraten especialistas y cooperará con ellos siempre que los intereses de sus superiores o de sus clientes se satisfagan mejor con este arreglo.

3.6.- No aceptará compensaciones, comisiones o financiamiento de más de una de las partes por el mismo trabajo o por otros trabajos pertenecientes al mismo proyecto, sin el consentimiento de todas las partes interesadas.

 

          4.- Relaciones con Ingenieros

 

4.1.- El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines deberá proteger su profesión colectiva o individualmente, de falsas representaciones, informando al CIMEEEM de las personas que se atribuyan el carácter de profesionistas sin tener título legal o ejerzan los actos propios de esta profesión.

4.2.- Deberá cuidar que el crédito por los trabajos de ingeniería sean dados a quienes lo merezcan; deberá propugnar por una adecuada y conveniente compensación económica para los ingenieros mecánicos, electricistas y de ramas afines incluyendo la de sus subordinados y se opondrá al abaratamiento de su profesión informando cualquier caso al CIMEEEM.

4.3.- Ayudará a los ingenieros jóvenes a que se desarrollen profesionalmente dándoles las oportunidades adecuadas.

4.4.- Evitará dañar directa o indirectamente la reputación y ejercicio profesional de otro ingeniero; pero si considera que un ingeniero es culpable de manejos inmorales o ilegales, presentará la información al CIMEEEM o a las autoridades competentes para que sea ejercida la acción correspondiente.

4.5.- No deberá competir deslealmente con otro ingeniero. En este aspecto no disminuirá sus presupuestos, honorarios o salario después de haberse enterado de las cotizaciones proporcionadas por otro u ofrecimientos hechos a otro ingeniero, ni deberá asociarse por ningún motivo con ingenieros que no cumplan con las normas de ética profesional.

4.6.- Deberá evitar la crítica del trabajo de otro ingeniero en público, reconociendo que el CIMEEEM y su revista proveen los medios adecuados para las discusiones y críticas técnicas.

4.7.- Colaborará con el CIMEEEM para que los puestos públicos en los que se requieran conocimientos propios de nuestra profesión estén desempañados por ingenieros mecánicos, electricistas y de ramas afines. También procurará en la medida de sus posibilidades que en los empleos y contratos que existieren dentro del estado de México sean dados a profesionistas mexicanos en primer lugar.

4.8.- Deberá informar al CIMEEEM de todo técnico extranjero que trabaje en el estado de México desplazando a un compañero de profesión en contravención de las leyes respectivas.

 

“LA INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICA PARA EL PROGRESO

DEL ESTADO DE MÉXICOY DEL PAÍS”

 

 

 

Ing. Juan Francisco Villalpando García