
CODIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CIMEEM, A.C.
PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES
1.- Todo Ingeniero Mecánico,
Electricista o de Ramas Afines del Estado de México considerará un deber
practicar su profesión y actuar en su vida diaria de acuerdo con este Código de
Ética Profesional.
2.- Todo Ingeniero, para apoyar y
promover el honor y dignidad de la profesión del Ingeniero Mecánico,
Electricista y de Ramas Afines y en armonía con las normas más elevadas de la
ética.
a).- Deberá interesarse en el bienestar
común y aplicar sus conocimientos profesionales para beneficio de la humanidad
en general y en particular deberá poner especial interés en el progreso del
Estado de México y del País, propugnando por todo aquello que acelere su desarrollo
para que pueda bastarse a sí mismo en el mayor grado posible, sea capaz de
sustentar con decoro humano a todos sus habitantes y pueda ejercer su plena
independencia estatal y nacional.
b).- Deberá desarrollar sus deberes con
honestidad e imparcialidad y servirá con dedicación a sus superiores, sus
empleados, sus clientes y al público en general.
En
todo caso propenderá a la humanización del trabajo y a la creación de mejores
instrumentos de vida y tratará a sus
trabajadores con verdadera justicia social.
c).- Deberá reconocer que el ejercicio
de la profesión es el origen de una disponibilidad económica que debe permitir
a la familia, núcleo originario y primario de la sociedad, vivir con decoro,
procurando asegurar para los suyos los recursos materiales y los elementos
morales que le sean indispensables para su progreso y bienestar.
d).- Deberá esforzarse para aumentar la
competencia y prestigio de los Ingenieros Mecánicos, Electricistas y de Ramas
Afines colaborando con el CIMEEEM en todas sus actividades.
1.- Vida Profesional
1.1.-
El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines deberá cooperar a la
difusión y exaltación de su profesión por medio del intercambio de información
y experiencia con otros ingenieros y estudiantes y por su contribución a los
trabajos del CIMEEEM , de otras sociedades de ingenieros, de las instituciones
de educación superior y de las publicaciones técnicas.
1.2.-
No hará publicidad de su trabajo o méritos autoalabándose y evitará toda
conducta o práctica similar que desacrediten o dañen la dignidad y honor de su
profesión.
2.-
Relaciones con el Público
2.1.-
Tendrá especial consideración por la seguridad de la vida y salud del público y
empleados que puedan ser afectados por el trabajo del que él es responsable.
2.2.-
El Ingeniero se esforzará por aumentar el reconocimiento de la sociedad hacia
la ingeniería mecánica, eléctrica y de ramas afines dando a conocer
públicamente sus logros, oponiéndose a cualquier informe falso, sin fundamento
o exagerado relativo a su profesión.
2.3.-
Deberá ser mesurado y modesto al hacer explicaciones de su trabajo o al
referirse a sus méritos; mantendrá siempre el honor y dignidad de su profesión
y se abstendrá de autoalabarse cuando haga anuncio o publicidad de sus
actividades profesionales.
2.4.-
En asuntos profesionales solamente expresará su opinión cuando esté fundada en
un conocimiento adecuado y en una convicción honesta.
2.5.-
Siempre que omita opiniones parciales, deberá explicar su posición para hacerlo
o informar a quién beneficia su opinión.
3.-
Relaciones con sus Superiores y sus Clientes
3.1.-
El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines actuará en todos los
asuntos profesionales con fidelidad hacia sus superiores, sus clientes y sus
empleados, guardando estrictamente los asuntos que se le confíen, salvo cuando
tenga el conocimiento de ellos o cuando deba dar informes que obligatoriamente
establezcan las leyes.
3.2.-
Deberá actuar con justicia y lealtad hacia los vendedores y contratistas no
debiendo aceptar de ninguno de ellos comisión o compensación alguna, directa o
indirectamente.
3.3.-
Deberá advertir a sus superiores o a sus clientes las consecuencias adversas o
negociación de una maquinaria, invención o contrato tuviera intereses directos
que pudieran influir en caso de una decisión.
3.4.-
Deberá indicar a sus superiores o a sus clientes las consecuencias adversas que
podrían presentarse si su opinión profesional fuere desatendida.
3.5.-
Deberá aceptar solamente los trabajos profesionales para los cuales está
debidamente calificado. Deberá contratar o aconsejar a sus superiores o
clientes para que contraten especialistas y cooperará con ellos siempre que los
intereses de sus superiores o de sus clientes se satisfagan mejor con este
arreglo.
3.6.-
No aceptará compensaciones, comisiones o financiamiento de más de una de las
partes por el mismo trabajo o por otros trabajos pertenecientes al mismo
proyecto, sin el consentimiento de todas las partes interesadas.
4.-
Relaciones con Ingenieros
4.1.-
El Ingeniero Mecánico, Electricista y de Ramas Afines deberá proteger su
profesión colectiva o individualmente, de falsas representaciones, informando
al CIMEEEM de las personas que se atribuyan el carácter de profesionistas sin
tener título legal o ejerzan los actos propios de esta profesión.
4.2.-
Deberá cuidar que el crédito por los trabajos de ingeniería sean dados a
quienes lo merezcan; deberá propugnar por una adecuada y conveniente
compensación económica para los ingenieros mecánicos, electricistas y de ramas
afines incluyendo la de sus subordinados y se opondrá al abaratamiento de su
profesión informando cualquier caso al CIMEEEM.
4.3.-
Ayudará a los ingenieros jóvenes a que se desarrollen profesionalmente dándoles
las oportunidades adecuadas.
4.4.-
Evitará dañar directa o indirectamente la reputación y ejercicio profesional de
otro ingeniero; pero si considera que un ingeniero es culpable de manejos
inmorales o ilegales, presentará la información al CIMEEEM o a las autoridades
competentes para que sea ejercida la acción correspondiente.
4.5.-
No deberá competir deslealmente con otro ingeniero. En este aspecto no
disminuirá sus presupuestos, honorarios o salario después de haberse enterado
de las cotizaciones proporcionadas por otro u ofrecimientos hechos a otro
ingeniero, ni deberá asociarse por ningún motivo con ingenieros que no cumplan
con las normas de ética profesional.
4.6.- Deberá
evitar la crítica del trabajo de otro ingeniero en público, reconociendo que el
CIMEEEM y su revista proveen los medios adecuados para las discusiones y
críticas técnicas.
4.7.-
Colaborará con el CIMEEEM para que los puestos públicos en los que se requieran
conocimientos propios de nuestra profesión estén desempañados por ingenieros
mecánicos, electricistas y de ramas afines. También procurará en la medida de
sus posibilidades que en los empleos y contratos que existieren dentro del
estado de México sean dados a profesionistas mexicanos en primer lugar.
4.8.-
Deberá informar al CIMEEEM de todo técnico extranjero que trabaje en el estado
de México desplazando a un compañero de profesión en contravención de las leyes
respectivas.
“LA
INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICA PARA EL PROGRESO
DEL
ESTADO DE MÉXICOY DEL PAÍS”
Ing.
Juan Francisco Villalpando García